Entradas

, , ,

El negocio de los drones militares crecerá un 40% al año hasta 2022

El gasto mundial en vehículos aéreos no tripulados (UAV) sumará en 2026 los 13.900 millones de dólares, cerca del doble de la cantidad estimada para el recién terminado 2016. La proliferación de esta tecnología impulsará un crecimiento anual estimado en el 38,7 por ciento desde ahora y hasta 2022.

Estos cálculos han sido recogidos en las Previsiones mundiales hasta 2022 del mercado de UAV militares elaboradas por el analista de mercados neerlandés ASD Reports.

En este trabajo, publicado el pasado diciembre, el análisis del negocio se divide en cinco tipos de sistemas de aeronaves remotamente pilotadas (RPA): los UCAV, que son aquellos que equipan armamento; los MUAV/MAV, de pequeño tamaño, tanto como para que puedan ser portados por una única persona; los tácticos, TUAS; los MALE, ideados para completar misiones de larga duración a alturas medias; los HALE, con capacidad de operar a grandes altitudes durante largos periodos de tiempo, y los VTOL, que son aquellos capaces de aterrizar y despegar verticalmente.

El informe destaca que los pequeños aparatos serán los más comercializados durante el periodo del pronóstico, mientras que los UCAV representarán el mayor volumen de negocio de las seis categorías.

En total son 116 páginas en las que se desgranan los mercados de Norte América, Europa, Asia y Pacífico, Oriente Medio, África y Suramérica. En ellas también se incluye un capítulo específico centrado en cinco compañías líderes del sector: las estadounidenses AeroVironment, General Atomics Aeronautical Systems (GA-ASI) y Northrop Grumman, y las israelíes Elbit Systems e Israel Aerospace Industries (IAI).

ASD Reports publicó en el primer semestre del año pasado una previsión para el último ejercicio de algo menos de 7.500 millones de dólares en el gasto mundial en UAV militares. De confirmarse el pronóstico lanzado ahora de 13.900 millones para dentro de diez años supondrá que el sector llegará a casi doblar su volumen de negocio en una década.

Fuente: http://www.infodron.es/id/2017/01/13/noticia-negocio-drones-militares-crecera-hasta.html

 

, , ,

El Consejo de Ministros aprueba un marco regulatorio temporal para las operaciones con drones

La normativa define los requisitos según el peso de la aeronave tripulada por control remoto y establece las obligaciones que deben cumplir los pilotos y las empresas que las utilicen.

Los drones de más de 25 Kg deberán inscribirse en Registro de Matrícula de Aeronaves y disponer de un certificado de aeronavegabilidad, los de peso inferior no.

El Consejo de Ministros ha aprobado  el régimen temporal para las operaciones con aeronaves pilotadas por control remoto, los llamados drones, de peso inferior a los 150 kilos al despegue, en el que se establecen las condiciones de explotación de estas aeronaves para la realización de trabajos técnicos y científicos.

Esta nueva regulación responde a la necesidad de establecer un marco jurídico que permita el desarrollo en condiciones de seguridad de un sector tecnológicamente puntero y emergente, y será desarrollada reglamentariamente en los próximos meses.

Este reglamento temporal contempla los distintos escenarios en los que se podrán realizar los distintos trabajos aéreos y en función del peso de la aeronave. Además, las condiciones ahora aprobadas se completan con el régimen general de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y establecen las condiciones de operación con este tipo de aeronaves, además de otras obligaciones.

Este régimen permitirá que partir de ahora se puedan utilizar drones para realización de trabajos aéreos como son: actividades de investigación y desarrollo; tratamientos aéreos, fitosanitarios y otros que supongan esparcir sustancias en el suelo o la atmósfera, incluyendo actividades de lanzamiento de productos para extinción de incendios; levantamientos aéreos; observación y vigilancia aérea incluyendo filmación y actividades de vigilancia de incendios forestales; publicidad aérea, emisiones de radio y TV, operaciones de emergencia, búsqueda y salvamento; y otro tipo de trabajos especiales.

Aunque en un primer momento, y hasta que no esté aprobada la reglamentación definitiva, las operaciones que se pueden realizar se limitarán al espacio aéreo no controlado y sobre zonas no pobladas.

El régimen aprobado hoy establece requisitos en función del peso del aparato al despegue y los clasifica en aeronaves de más de 25 kilos, de menos de 2 kilos y de hasta 25 kilos. Pero, independientemente de su peso hay unos requisitos comunes para todas ellas, así como para los pilotos y las empresas que las operen.

Requisitos comunes para todos

Todos los drones, sin excepción, deben llevar fijada en su estructura una placa de identificación, las empresas operadoras de drones deberán tener, entre otros requisitos, un manual de operaciones y de un estudio aeronáutico de seguridad para cada operación (por ejemplo, con el viento máximo que va a volar).

Todos los pilotos de drones, deberán acreditar, entre otros requisitos, que son titulares de cualquier licencia de piloto, incluyendo la de piloto de ultraligero, o demostrar de forma fehaciente que disponen de los conocimientos teóricos necesarios para obtenerla.

Una de las principales novedades de este reglamento es que, al contrario de lo que ocurría hasta ahora, los drones de menos de 25kg al despegue no deberán estar inscritos en el Registro de Matrícula de Aeronaves y disponer de un certificado de aeronavegabilidad, sí lo tienen que tener los que superen este peso.

El cumplimiento de todos estos requisitos, no exime al operador, que es, en todo caso, el responsable de la aeronave y de la operación, del cumplimiento del resto de la normativa aplicable, en particular en relación con el uso del espectro radioeléctrico, la protección de datos o la toma de imágenes aéreas, ni de su responsabilidad por los daños causados por la operación o la aeronave.

Fuente: http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/GABINETE_COMUNICACION/NOTICIAS1/2014/JULIO/140704-07.htm